El procedimiento de atenuación de ruidos se establece con el fin de disminuir el impacto acústico en los alrededores del Aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas.
Dicho procedimiento se aplica a todos las aeronaves que operan en el aeropuerto, y sólo se puede omitir por razones de seguridad. El incumplimiento de este procedimiento supone sanciones para las compañías que lo lleven a cabo.
El Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas estructura este procedimiento en torno a las siguientes líneas de trabajo:
Reducción de ruido en la fuente
- Se prohíbe el despegue o aterrizaje en horario nocturno (23h-07h) de cualquier aeronave clasificada como cuota de ruido CR-4 o superior.
- Se prohíbe la operativa de las aeronaves Marginalmente Conformes (Aviones de reacción subsónicos civiles que cumplen los límites de certificación del volumen 1, segunda parte, capítulo 3, Anexo 16 del Convenio de Aviación Civil). Desde el 28 de septiembre de 2012 están prohibidas las operaciones con aeronaves marginalmente conformes tanto en horario diurno como en horario nocturno.
Procedimientos operacionales

- Uso de la configuración preferente, Norte, para minimizar el impacto acústico.
- Seguimiento del cumplimiento de los procedimientos de las rutas de despegues y aterrizajes definidas en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP) del aeropuerto. No se podrán solicitar cambios en los procedimientos de despegues hasta no alcanzar los 10.000 ft de altitud, excepto los aviones propulsados por hélices.
- Restricciones operativas en altitud en distintos puntos en cada una de las rutas existentes y definidas en el AIP del aeropuerto.
- Incremento del uso de procedimientos RNAV, mejorando la precisión de las trayectorias. Obtenga más información al respecto en Procedimientos RNAV y CDA.
- Maniobras de descenso continuo (CDA) en aproximaciones en horario nocturno. Consulte Procedimientos RNAV y CDA para más información.
- Restricciones en rutas de despegue en función del tipo de aeronave.
- Quedan prohibidos los vuelos de entrenamiento y/o pruebas.
Procedimientos de atenuación de ruidos en tierra

- Restricciones y prohibición del uso de la Unidad Auxiliar de Potencia (APU) en determinados puestos de estacionamiento.
- Prohibidas las pruebas de motores, salvo en las zonas destinadas para ello.
- Queda prohibido el empuje de reversa a partir del ralentí en horario nocturno (23h a 07h), salvo por razones de seguridad.
- Restricciones de movimientos en horario nocturno en las plataformas R-5, R-6 y Dique Sur.
Para obtener una información más detallada sobre el procedimiento de atenuación de ruidos, puedes consultar el apartado 21 de la AIP del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas

